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Ley del ISR · Ley del IEPS

Impuestos a las apuestas y a los premios en México

Cuánto ISR te retienen si ganas una apuesta en México (1 %), el impuesto estatal sobre premios y el IEPS del 50 % que pagan los operadores desde 2026.

La respuesta corta

Si ganas en un juego con apuestas, quien te paga retiene el 1 % de ISR federal sobre el premio (Ley del ISR, art. 138, segundo párrafo). Aparte, según el estado donde se paga el premio, hay un impuesto local: es del 6 % en la Ciudad de México, Jalisco y Nuevo León. El operador, por su parte, paga un IEPS del 50 % desde el 1 de enero de 2026.

¿Es el 1 % o el 21 %?

Es el 1 % para juegos con apuestas. El 21 % del mismo artículo 138 está en el primer párrafo, que se refiere a loterías, rifas, sorteos y concursos, y solo se aplica cuando el estado grava el premio a más del 6 %. El segundo párrafo, el de los juegos con apuestas, fija el 1 % «sobre el valor total de la cantidad a distribuir entre todos los boletos que resulten premiados». Tampoco existe en la Ley del ISR una retención del 20 % para quien no da su RFC: es un dato que se repite sin fuente.

¿Tengo que declararlo?

La retención es pago definitivo si declaras el premio cuando estás obligado a hacerlo (art. 138). La Ley del ISR obliga a informar en la declaración anual los premios que, solos o sumados, pasen de 600 000 pesos en el año (art. 90). Si no lo haces, la retención deja de ser definitiva y el premio se acumula a tus demás ingresos. Quien te paga debe darte un comprobante con el monto y el impuesto retenido (art. 139): un CFDI de retenciones con el complemento «Premios» del SAT.

Lo que paga el operador: IEPS del 50 %

La Ley del IEPS grava los juegos con apuestas y sorteos. El Decreto publicado en el DOF el 7 de noviembre de 2025 subió la tasa del 30 % (vigente desde 2009) al 50 % a partir del 1 de enero de 2026, e incluyó a las plataformas extranjeras sin establecimiento en México que ofrecen apuestas por internet. Para ellas la base es lo que cobran a los jugadores «sin disminución alguna», y si no se registran ni declaran puede bloquearse temporalmente su acceso. La Ley de Ingresos de 2026 estima recaudar 5 024.7 millones de pesos por este concepto.

Efectivo y lavado de dinero

La ley contra el lavado de dinero prohíbe pagar o cobrar en efectivo boletos o premios desde 3 210 UMA, unos 376 565 pesos con la UMA de 2026 (LFPIORPI, art. 32). Y el operador debe identificarte desde 325 UMA y avisar a Hacienda desde 645 UMA (art. 17).

El impuesto estatal sobre premios, en tres estados

EstadoSobre el premioOtros impuestos al juegoNorma
Ciudad de México6 %13 % al organizador sobre lo que obtenga, deducidos los premiosCódigo Fiscal de la CDMX, arts. 147 y 149
Jalisco6 %, lo retiene el organizador—Ley de Hacienda, arts. 53 a 60; Ley de Ingresos 2026, art. 7
Nuevo León6 %15 % sobre lo que el jugador paga para apostar, recargas incluidas; 6 % al operadorLey de Hacienda, arts. 10 a 12, 17 a 19 y 113 a 115

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me quitan si gano 10 000 pesos en una apuesta?
De ISR federal, el 1 %: 100 pesos. Si el premio se paga en la Ciudad de México, Jalisco o Nuevo León, el impuesto estatal sobre el premio es del 6 %: 600 pesos más. La cifra exacta sale en tu comprobante de retención.
¿Desde cuándo es el IEPS del 50 %?
Desde el 1 de enero de 2026, por el Decreto publicado en el DOF el 7 de noviembre de 2025. Antes era del 30 %.
¿Me dan factura de mi premio?
Te deben dar un comprobante fiscal con el monto y el impuesto retenido (Ley del ISR, art. 139). El SAT lo instrumenta como CFDI de retenciones con el complemento «Premios».
¿Tengo que declarar si gané menos de 600 000 pesos?
La obligación de informar los premios en la declaración anual es para los que, solos o sumados, pasan de 600 000 pesos en el año (Ley del ISR, art. 90). Si ya presentas declaración por otros ingresos, revisa tu caso con el SAT o con un contador.

Fuentes oficiales